La Audiencia de Málaga ha condenado a una promotora a devolver a una mujer los más de 100.000 euros que entregó en 2003 por una vivienda en Marbella, que se encontraba en una promoción a la que no se le concedió expresamente la licencia de primera ocupación Así, se estima el recurso presentado por la representación legal de la mujer, dirigida por el letrado Carlos Cómitre, contra la sentencia de un juzgado de Primera Instancia de Marbella que desestimó la demanda presentada por la compradora contra la promotora de la vivienda y una entidad bancaria. En dicha sentencia del juzgado, que se dictó en febrero de 2012, el juez acordó, además, condenar a la mujer demandante a cumplir el contrato suscrito casi 10 años antes, en agosto de 2003, en los términos en los que se firmó; recibir la vivienda y pagar la cantidad que restaba, que ascendía a la suma de unos 245.100 euros.
Redacción
Tras recurrir el letrado de la compradora, ahora la Audiencia estima los argumentos expuestos y revoca dicha sentencia, estimando la demanda y condenando a la promotora y a la entidad a abonar la cantidad de 101.436 euros, más los intereses desde la fecha de la entrega.
Así, la Sección Cuarta de la Audiencia remite en su sentencia a una resolución del Tribunal Supremo y otra de la misma Sala, en la que se resolvió otro caso de esta promoción y se señalaba, entre otros aspectos, que la venta de una vivienda sin estar legalizada debidamente “supone un grave incumplimiento del vendedor”.