El Juzgado Central Contencioso Administrativo nº6 ha frenado los ánimos recaudatorios del Gobierno de Pedro Sánchez, a través de la Tesorería General de la Seguridad Social, que ha emprendido una batalla contra Marbella por haber cobrado, a finales de junio de 2018, doce millones de euros procedentes de la venta de bienes de Juan Antonio Roca y que fueron entregados al Ayuntamiento, a modo de indemnización, por el magistrado, José Godino, presidente del tribunal que juzgó el ‘caso Malaya’.
La justicia de lo contencioso ha determinado, ante el recurso presentado por el Ayuntamiento de Marbella, suspender, como medida precautoria, la ejecución de la solicitud realizada por la Tesorería General de la Seguridad Social para que se dejase sin efecto el fraccionamiento y aplazamiento de la deuda contraída por la ciudad durante los gobiernos gilistas, acuerdo recogido en la resolución de 12 de febrero de 2013. Dicha resolución determinó que Marbella debía destinar los fondos percibidos por los casos de corrupción al pago de deuda, una situación que enmendó la Ley de Presupuestos Generales de 2018, al determinar que por acuerdo plenario, y atendiendo al correcto pago que se ha realizado por la ciudad de la deuda, se podría establecer que Marbella percibiese esos fondos para destinarlos a servicios públicos.
Sin embargo, la Seguridad Social considera que no estaba vigente este última disposición en el momento que se recibieron los doce millones de euros. Argumento ante el que desde el consistorio, la propia alcaldesa, Ángeles Muñoz, señaló, la primera vez que se requirió esta cantidad, que la liquidación de la deuda de la ciudad con el ente dependiente del Gobierno central se realizaba a final de 2018, con el fin del ejercicio económico, momento en el que ya se encontraba vigente la ley presupuestaria.
Esto motivó que desde la Tesorería General de la Seguridad Social se solicitase la suspensión del aplazamiento y fraccionamiento, una petición que el Juzgado ha dejado en suspenso por el grave e irreparable perjuicio que podría causar a las arcas municipales la ejecución de las pretensiones del gobierno de Pedro Sánchez y que las administraciones deberán dirimir jurídicamente. En este sentido, la suspensión del acuerdo de fraccionamiento supondría que la ciudad tuviera que hacer frente al pago de 158.476.652’45 euros más los intereses y recargos correspondientes.
En esta línea la resolución judicial estima que “de ejecutarse el acto se crearían situaciones jurídicas irreversibles haciendo ineficaz la sentencia que se dicte e imposibilitando el cumplimiento de la misma en sus propios términos, con merma del principio de identidad, en el caso de estimarse el recurso”.
La justicia argumenta además que conforme al interés público más necesitado de tutela, una vez ponderados el de la Seguridad Social y el de la ciudad, se entiende que “la ejecución del acto impugnado mediante el abono de una cantidad tan elevada implicaría una alteración de enorme trascendencia en la ejecución presupuestaria, y más si se pone en relación el importe del presupuesto anual (283 millones de euros) y la deuda (158.476.652’45) cuyo fraccionamiento se deja sin efecto, exigiendo la modificación del destino de los recursos previamente decidido en el Presupuesto Municipal, o acudir a operaciones de crédito para con su importe hacer frente al pago del importe reclamado, con segura afectación de los servicios públicos que las entidades locales han de prestar”.