A efectos prácticos, el “Plan Marbella” va a suponer una mayor presencia policial uniformada en la vía pública
La Policía Nacional pone en marcha desde hoy el denominado “Plan Marbella”, que trae consigo un incremento del número de agentes que prestará servicio habitual en la localidad malagueña hasta el mes de octubre, con el propósito de combatir el crimen organizado y la delincuencia común.
El mando superior de la Policía Nacional es ejercido por el Ministro del Interior, a través del Secretario de Estado de Seguridad. El mando directo es ejercido por el Director General de la Policía, bajo la autoridad del Secretario de Estado de Seguridad.
Los funcionarios de carrera de la Policía Nacional reciben la denominación genérica de Policías Nacionales.
Si entre los rasgos que configuran el perfil profesional de la Policía Nacional hubiera que elegir el que mejor le define frente a los demás cuerpos de seguridad españoles, tal rasgo habría de ser el de su carácter nítidamente urbano.
Fue la necesidad de dotar a las ciudades españolas de una estructura de seguridad moderna, lo que determinó que en 1824, S.M. el Rey Fernando VII dictase la Real Cédula en la que se creaba la Policía General del Reino. Policía que, ya desde su origen, se pone a las órdenes de un magistrado con el título de Superintendente General.
La misma Real Cédula dedica un apartado especial a Madrid, ciudad que es dotada de una estructura de Comisarías de Distrito » de cuartel» se decía entonces que, con las naturales evoluciones, se ha mantenido hasta nuestros días.
En ese mismo año se dictan los Reglamentos de Policía tanto de Madrid como de las provincias colocando a estas últimas bajo las órdenes de Intendentes que respondían ante el Intendente General y dividiendo cada provincia en Subdelegaciones radicadas en las localidades o partidos importantes -126 entonces,- que constituyen el antecedente de la actual estructura en Comisarías Provinciales y Locales.
Es de destacar que la Cédula de 1824 configura la doble función que hoy tiene la policía moderna. Por una parte, velar por el libre ejercicio de los derechos ciudadanos persiguiendo a aquellos que los vulneran y poniéndolos en manos de la Justicia «en el plazo de ocho días, lo más tarde» según cita el Artículo XVI.
Además de esta función de policía judicial, la Real Cédula configura la otra gran función de la Policía con relación a la prestación del servicio público de seguridad «garantizando el bien y la seguridad pública» mensaje en el que -a pesar del tono ilustrado de las palabras- encuentra eco el moderno deseo de la Administración Pública de dar un servicio que asegure el bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos.Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional.