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domingo, septiembre 8, 2024
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Marbella saca músculo como destino turístico en el verano del COVID-19 logrando recuperar dos banderas azules para sus playas

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Marbella ha conseguido este año seis banderas azules, cinco en playas, que han distinguido a la de Casablanca, El Cable, El Faro, Puerto Banús-Levante y Guadalmina-San Pedro Alcántara, y una para el Puerto Deportivo de Marbella. Estos distintivos son entregados por la Asociación de Educación Ambiental y del Consumidor (Adeac) y reconoce a las playas y puertos que cumplen una serie de condiciones ambientales. 

De esta forma, la ciudad ha conseguido mejorar sus logros en la materia alcanzando dos banderas más con respecto al pasado año, cuando se consiguieron cuatro, una para el recinto portuario además de tres para las playas de Casablanca, El Faro y Guadalmina-San Pedro Alcántara.

La ciudad se convierte así en el municipio que más distintivos azules acumula en sus playas en la provincia de Málaga. Además, en toda Andalucía sólo tres municipios logran superar a Marbella en banderas azules en sus playas, sólo Mojácar, Roquetas del Mar y Rota, aunque si se tiene en cuenta el distintivo portuario a la ciudad sólo la superarían las dos últimas.

Los criterios que una playa con Bandera Azul debe cumplir se dividen en cuatro grandes bloques, Información y Educación Ambiental, Calidad del Agua, Gestión Ambiental y Seguridad y Servicios.

De este modo, se exige que en las playas con este reconocimiento deben existir paneles con información sobre la playa, los ecosistemas litorales y, en su caso, sobre espacios naturales protegidos próximos, junto con un código de conducta para estos espacios. El municipio debe organizar al menos cinco actividades de educación ambiental al año.

La calidad de aguas de baño en la playa, durante la temporada anterior, debe ser excelente, en todos sus puntos de muestreo, conforme a la Directiva de Calidad de Aguas de Baño. Se deben tomar oficialmente un número de muestras periódicas de agua para determinar esta calidad. Adicionalmente, debe cumplir la Directiva de Tratamiento de Aguas Residuales Urbanas.

La playa debe cumplir con la legislación ambiental, en especial la Ley de Costas y debe estar limpia y disponer de una adecuada gestión de residuos, incluyendo la recogida selectiva de envases, papel, vidrio, etc. Otro de los requisitos es es contar con baños públicos. 

También se exige que tengan accesos fáciles y seguros y debe existir un equipo de primeros auxilios, así como un adecuado equipo humano y material de socorrismo.

En lo que respecta a los puertos los criterios se dividen en tres grandes bloques, Información y Educación Ambiental, Gestión Ambiental y Seguridad y Servicios.

Así, al igual que con las playas, deben existir paneles con información sobre el puerto, sobre los ecosistemas litorales o, si las hay, áreas marinas protegidas, junto con un código de conducta para navegar cerca de estas áreas y además debe organizar al menos tres actividades de educación ambiental al año.

El puerto debe contar con una política ambiental y un plan de acción ambiental y estar limpio y disponer de una adecuada gestión de residuos, incluyendo la recogida selectiva de envases, papel, vidrio, etc. así como  de residuos peligrosos, y de aguas residuales de las embarcaciones. Al igual que con las playas, debe contar con baños públicos.

Por último, en lo que respecta a seguridad, sigue también los criterios de las playas y deben existir equipos de primeros auxilios, de salvamento y contraincendios en el puerto deportivo. Las instalaciones generales del puerto deportivo deben ser accesibles a personas con discapacidades.

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