La justicia desestima la denuncia del secretario del PSOE contra el Gobierno municipal por supuesta vulneración de los derechos de la oposición
Enésimo varapalo de los tribunales al secretario del PSOE de Marbella, José Bernal, en su intento continuado de judicializar la gestión del Ayuntamiento y enturbiar con falsas acusaciones la labor del Gobierno municipal, especialmente en los meses previos a todas las citas electorales. Una vez más la justicia ha desestimado la pretensión del líder socialista -liderazgo que comparte ahora con la portavoz Isabel Pérez- en su denuncia contra el Ejecutivo que preside la alcaldesa, Ángeles Muñoz, por la supuesta vulneración de los derechos fundamentales de la oposición, porque, según el concejal, no se daba en tiempo y forma acceso a la información que había solicitado.
Bernal había requerido el listado, acceso y copia de todos los contratos del Consistorio con la empresa Codecosol desde 2007. Y después acudió a los tribunales para conseguir un nuevo titular en plena campaña electoral en los últimos comicios locales de mayo. Sin embargo, la resolución de la magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Málaga, a la que ha tenido acceso Marbella Directo, es tajante: «(…) no se puede, en absoluto, concluir que el periodo temporal transcurrido hasta la satisfacción de la solicitud fuera excesivo y desproporcionado teniendo en cuenta que la información solicitada se refería a un periodo de 15 años en materia de contratación en un Ayuntamiento de gran volumen de actividad y que no se encontraba digitalizado».
La magistrada subraya que «para poder dar cumplimiento a la solicitud del actor» (Bernal), el Consistorio se ha visto obligado a llevar a cabo «hasta dos contrataciones públicas para poder proceder, primero, a la mudanza de los archivos y, segundo, a una empresa especializada en digitalización y archivo de documentación administrativa para digitalizar más de 1.000 expedientes existentes de contratos públicos, así como la documentación de más de 4.000 expedientes de contratos menores». «Así se puede concluir que no ha existido una dilación imputable a la Administración con relevancia capaz de vulnerar el derecho fundamental esgrimido por el recurrente, quien por otra parte no ha justificado en qué medida la falta de acceso a la información en el periodo temporal indicado ha impedido de forma efectiva el derecho de participación» de Bernal o el grupo municipal del PSOE en su actividad opositora, dictamina la juez, que establece que «no hay base para apreciar una obstaculización arbitraria o irrazonable» por parte del Gobierno municipal «del derecho fundamental que consagra el artículo 23 de la Costitución ni del más concreto derecho a la información del artículo 77 de la Ley 7/1985».
Por todo ello, la titular del Juzgado en su resolución, sobre la que cabe recurso de apelación, resuelve desestimar el recurso contencioso-administrativo del secretario local socialista porque la actuación del Ayuntamiento «no ha vulnerado el derecho fundamental reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución», si bien exime a Bernal del pago de las costas porque considera que como ya había presentado el recurso antes de que el Consistorio cumpliera su obligación y justificara su actuación esto habría impedido al líder del PSOE «sopesar las razones tenidas en cuenta y determinar en consecuencia la procedencia o no de acudir a la vía judicial».