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sábado, julio 27, 2024
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Revés judicial al Gobierno de Pedro Sánchez en su intento de suspender el fraccionamiento del pago de la deuda de Marbella con la Seguridad Social

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La Sala Contencioso-Administrativa de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso planteado por la Tesorería General de la Seguridad Social, órgano tutelado por Ministerio de Empleo y Seguridad Social del Gobierno de España liderado, en funciones, por el socialista Pedro Sánchez, contra un auto del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo de 29 de marzo de 2019, que suspendía una resolución del órgano de la Seguridad Social, datada a 15 de febrero, y por el que declaraban dejar sin efecto el fraccionamiento concedido al Ayuntamiento de Marbella y las entidades Públicas vinculadas para el pago de la deuda que el Consistorio mantiene con el organismo del Gobierno Central de la época de la corrupción gilista. El órgano judicial ha condenado ha impuesto a la TGSS el pago de las costas de esta apelación.

Con la resolución de 15 de febrero, la Seguridad Social pretendía suspender el acuerdo sobre “Deudas pendientes del Ayuntamiento de Marbella con la Seguridad Social y con la Hacienda Pública Estatal” recogido en la Ley Orgánica de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, lo que hubiese determinado la continuación del procedimiento recaudatorio que se hubiere suspendido por la concesión del fraccionamiento, con aplicación de los intereses de demora devengados desde dicha concesión, en definitiva, que Marbella hubiese tenido que abonar en un pago único el total de la deuda más intereses que mantiene con la Seguridad Social.

Marbella acordó en 2012, con la llegada del presidente Mariano Rajoy al Gobierno central, un plan de pagos a 40 años con un interés del uno por ciento para hacer frente a la deuda con la Seguridad Social que la ciudad había contraído con los gobiernos gilistas. Posteriormente se acordó que estas cuotas podrían sufragarse con los bienes y derechos adquiridos por sentencia procedente de embargos y multas de los distintos procedimientos por corrupción que la ciudad fuese ganando. En último término, en la Ley de Presupuestos de 2018 se incluyó, también durante un gobierno popular, una excepción que permitiría a la ciudad recuperar determinados bienes y derechos, en concreto que, mediante acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, se destine a la prestación de los servicios públicos municipales. Dentro de esta norma, el Ayuntamiento cobró 12 millones de euros resultantes de la responsabilidad civil como consecuencia de las ejecutorias de las sentencias que condenaron a Juan Antonio Roca Nicolás. Sin embargo, desde el Ejecutivo del socialista Pedro Sánchez entendían que esos bienes, en aplicación de la norma de refinanciación, debían ir a la administración central y que el hecho de que no haya sido así suponían la resolución del acuerdo.

El Ayuntamiento recurrió tal resolución y la Justicia le dio la razón, entendiendo que la medida de suspensión en consideración a que el interés público más necesitado de tutela es el que representa al Ayuntamiento pues la ejecución del acto recurrido le causaría perjuicios de muy difícil reversibilidad. No obstante, desde la Seguridad Social se volvió a recurrir encontrándose de nuevo la negativa de la Justicia a que desde este órgano dependiente del Gobierno Central se suspendiese la refinanciación de la deuda que mantiene Marbella.

Desde la Seguridad Social solicitaban que el pago de la deuda se hiciese descontando de las transferencias de la participación del Ayuntamiento de Marbella en los ingresos del Estado y que las cantidades dinerarias que perciba el Ayuntamiento de Marbella como consecuencia de indemnizaciones de dinero a su favor se consignen en una cuenta del Juzgado a resultas de lo que finalmente se acuerde y resulte del presente procedimiento. En su fundamento, desde la administración central, se alega que no se cuestiona la concesión de la medida cautelar, sino su concesión sin contracautela alguna entendiendo que supone un beneficio para el Ayuntamiento pues dan por supuesto que el Consistorio no haría frente a la deuda. Aspecto desestimado por la Audiencia Nacional que aduce como prueba el certificado con fecha de 9 de mayo de 2019 del Interventor General del Ayuntamiento en el que se hace constar que en el presupuesto del municipal para el ejercicio de 2019 se han incluido los créditos necesarios para hacer frente a obligaciones derivadas de los aplazamientos que esa corporación mantiene con la TGSS.

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