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viernes, mayo 17, 2024
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La Junta de Andalucía advierte a Marbella de que no podrá contar con espacios en sus playas para perros

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La Junta de Andalucía ha enviado una circular al Ayuntamiento de Marbella apuntando que, de acuerdo con la legislación vigente, no podrá contar el municipio con espacios en sus playas destinados para perros. Esta resolución ha sido puesta en conocimiento a los catorce municipios del litoral malagueño (Fuengirola, Estepona, Benalmádena, Torremolinos, Málaga capital, Rincón de la Victoria, Casares, Torrox, Vélez-Málaga, Mijas, Nerja, Manilva y Algarrobo junto a nuestra localidad) por parte de la delegación Territorial de Medio Ambiente. En este sentido, se apunta que, con carácter general, las zonas de playa para baños son “incompatibles con zonas de baño declaradas o aquellas que, no estando prohibido el baño se practique habitualmente por un número importante de personas.

Redacción

Por tanto, municipios que ya contaban con este tipo de espacios habilitados para los canes tendrán que dejar de tenerlos, son los casos de Casares, Málaga, Rincón de la Victoria y Fuengirola. Mientras que las autorizaciones solicitadas por diversos municipios para poder contar con una de ellas tendrán que ser denegadas por entrar en conflicto con el Decreto 194/1998 de 13 de octubre.

El Reglamento sobre vigilancia higiénico-sanitaria de las aguas y zonas de baño de carácter marítimo establece que durante la temporada de baño, fijada entre el uno de junio y el 30 de septiembre, «queda prohibido el acceso de animales domésticos a las aguas y zonas de baño, con excepción del que resulte preciso para el desarrollo de actividades debidamente autorizadas por la autoridad sanitaria competente”.

Cabe por tanto una excepción que será en aquel caso en el que la playa cuente con el visto bueno previo de la autoridad sanitarios, no siendo suficiente recoger este tipo de espacios en las ordenanzas municipales. Asimismo, tampoco se considera “razonable” que se permita el acceso a la playa de los canes en períodos de gran afluencia de personas.

Si podrán habilitarse este tipo de playas cuando esté “expresamente prohibido” el baño para las personas y se encuentre debidamente señalizado.

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