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sábado, mayo 18, 2024
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Ni cohecho, ni delito contra la ordenación del territorio

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El auto dictado por el juzgado de instrucción nº1 de Marbella concluía con el sobreseimiento de los cargos por un posible delito de cohecho y otro sobre la ordenación del territorio del responsable municipal de Urbanismo, Pablo Moro. Se establece en el auto del juez el sobreseimiento del cohecho al negar la posibilidad de que exista cualquier tipo de indicio que vincule la conducta de Moro con algún tipo de ofrecimiento, dádiva o promesa por parte de los responsables de Funky Beach. El auto reconoce además que no existe ningún interés económico o vinculación o participación del edil con la sociedad.

Redacción

En relación con la posibilidad de haber incurrido en un delito contra la ordenación del patrimonio el juez ha determinado que ninguna obra se habría ejecutado en la zona de dominio público marítimo terrestre. En este sentido sólo se habrían realizado la demolición de unas pérgolas para lo que la sociedad si tenía concedida la licencia correspondiente de obra menor.

Por tanto, el juez da espaldarazo a los argumentos esgrimidos en este sentido por parte del Secretario de Política Municipal del PSOE de Marbella. Si tendrá que dirimirse en la fase de juicio oral la posible existencia de prevaricación por omisión, debido a la devolución de los borradores de decretos que se le pasaban desde los servicios municipales de disciplina urbanística sin firmar.

Esto hace que, finalmente, los juzgados solo tengan que resolver sobre si hubo una dilación indebida por omisión del responsable municipal, al no haber firmado la documentación en virtud de la cual debería haberse producido la paralización de las obras o la incoación de sanciones. Se cierran así las diligencias previas en cuanto al delito de cohecho y delito contra la ordenación del territorio contra Pablo Moro por la denuncia presentada ante la Fiscalía de Área de Marbella por Jaime Olcina, Secretario de Política Municipal socialista. Continuando las diligencias previas por prevaricación administrativa por omisión.

Se ha alcanzado esta conclusión después de que se finalizase con la declaraciones de testigos y con la valoración de las pruebas. Ya se pudo conocer la semana pasada que miembros de la policía local habían negado que hubiesen recibido presiones por parte de sus superiores para no realizar inspecciones en el local Funky Beach.

De este modo, las actuaciones judiciales sólo entrarán, finalmente, a determinar si pudo haber un retraso en la paralización y sanción del local por las obras que se estaban realizando sin contar, al parecer, con las preceptivas licencias.

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